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title: Actualización sobre la exoneración de desarrollo de software en Uruguay
description: Se han actualizado algunos términos y condiciones en los que aplica la exoneración del Impuesto a la Renta correspondiente a la producción de soportes lógicos y de servicios relacionados en Uruguay.
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 21 . enero . 2019

# Actualización sobre la exoneración de desarrollo de software en Uruguay

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Se han actualizado algunos términos y condiciones en los que aplica la exoneración del Impuesto a la Renta correspondiente a la producción de soportes lógicos y de servicios relacionados en Uruguay.

A mediados del 2018 se reglamentaron las [condiciones para obtener el beneficio de exoneración del Impuesto a las Rentas En Uruguay](https://www.blita.com/es/noticias/modificaciones-exoneracion-software-uruguay?hsLang=es) para el desarrollo de software y servicios de desarrollo de soportes lógicos. Sin embargo, el 30 de noviembre del mismo año se reglamentaron actualizaciones a algunos términos y condiciones

Esta legislación, recientemente aprobada y actualizada, permite que empresas dedicadas al desarrollo de software y otros intangibles puedan establecerse en Uruguay accediendo al beneficio de la exoneración del impuesto a la renta para la producción y servicios de desarrollo de soportes lógicos.

Las actividades que pueden beneficiarse de esta exoneración son:

1. Rentas producidas por los activos resultantes de esas actividades, que se encuentren amparados por la normativa de protección y registro de los derechos de propiedad intelectual.
2. Servicios de desarrollo de soportes lógicos para terceros no registrados por el desarrollador.  
    Se incluyen: 
     - Investigación,
     - innovación,
     - análisis,
     - diseño,
     - construcción,
     - homologación,
     - adecuación y personalización (GAPs),
     - parametrización.
3. Servicios v inculados a soportes lógicos desarrollados por el prestador o por terceros.  
   Se incluyen:  
     - Implementación en el cliente
     - Integración,
     - soporte técnico,
     - actualización y corrección de versiones,
     - mantenimiento correctivo y evolutivo,
     - conversión y migración de datos,
     - pruebas y certificación de calidad,
     - riesgo informático,
     - seguridad,
     - capacitación.

Empresas en Uruguay podrán acceder a la exoneración, por las rentas generadas en 2018, en la medida que la documentación emitida a partir del 1° de enero de 2019 incluya la constancia mencionada. Cabe destacar que las disposiciones de la nueva ley rigen para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2018.

Para conocer cuáles son los requisitos a cumplir en el caso de servicios de desarrollo de soportes lógicos y servicios vinculados a los mismos, y detalles de cuál es la documentación a consignar, descargue el Memo creado por nuestros miembros representantes de Uruguay:<https://www.blita.com/hubfs/Documents/Member%20Articles/Uruguay-GTS-Reglamentacion-Exoneracion-de-software.pdf>

[Reglamentación Exoneración del software en Uruguay [PDF]](https://www.blita.com/hubfs/Documents/Member%20Articles/Uruguay-GTS-Reglamentacion-Exoneracion-de-software.pdf)

 

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¿Desea beneficiarse de esta exoneración de impuestos al expandirse en Uruguay? Sirvase de contactar a nuestros miembros de [GTS Uruguay](http://gts.com.uy), lo asesorarán en cuanto a cada uno de los pasos a seguir para llevar su negocio al territorio uruguayo beneficiándose de esta nueva exoneración.

 

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