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Costa Rica 2025–2026: requisitos migratorios para empresas y talento

Escrito por BLITA International | Jan 26, 2026 4:08:05 PM

Costa Rica acaba de emitir una de las actualizaciones migratorias más relevantes de los últimos años: la nueva versión de las Directrices Generales de Visas de Ingreso, publicadas por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).

Aunque se trata de un instrumento administrativo, sus efectos son amplios y directos para quienes intervienen en la movilidad corporativa, los viajes de negocios, la planificación de talento internacional y la actividad transfronteriza que hoy sostiene una parte esencial de la economía costarricense.

Según datos oficiales del Banco Central de Costa Rica, el país recibió el año pasado más de 2,4 millones de visitantes, impulsados en gran medida por actividades de inversión, turismo y reuniones corporativas. Ajustar las reglas de ingreso puede afectar la manera como empresas globales planifican su movilidad y cómo los distintos mercados interactúan con Costa Rica. A continuación, explicamos qué cambia y por qué importa.

 

Nueva clasificación migratoria: cuatro grupos con reglas distintas

La DGME reorganizó todos los países del mundo en cuatro grupos migratorios, cada uno con requisitos distintos para determinar quién puede ingresar sin visa, quién necesita un trámite consular y quién requiere autorización especial.

Grupo 1: Países que no necesitan visa y pueden obtener estancias más amplias.

Grupo 2: Países que no necesitan visa, pero con estancias más limitadas.

Grupo 3: Nacionalidades que requieren visa consular antes del viaje.

Grupo 4: Países sujetos a visa restringida, es decir, un permiso especial otorgado directamente por Migración.

Esta reorganización impacta los tiempos de planificación, costos, y la anticipación que deben tener las empresas al mover talento hacia Costa Rica.

 

Nuevos requisitos de vigencia del pasaporte

Una de las modificaciones más técnicas, pero decisivas, es la exigencia de nuevas vigencias mínimas del pasaporte que quedaron en un 1 día, 90 días y 180 días.

La vigencia requerida depende de la nacionalidad. La DGME busca evitar la entrada de personas cuyo pasaporte esté próximo a vencer, alineándose con prácticas internacionales. Para las empresas, esto significa revisar anticipadamente la documentación de colaboradores extranjeros.

Requisitos especiales reforzados para ciertas nacionalidades

Costa Rica también reforzó los requisitos especiales para ciertas nacionalidades, aplicando controles adicionales a viajeros provenientes de Nicaragua, Honduras, Venezuela, China y Colombia. Estas nuevas medidas pueden incluir comprobación de solvencia financiera, documentación complementaria, verificación de antecedentes, autorizaciones previas o incluso restricciones específicas según el propósito del viaje. Para las empresas que movilizan técnicos, contratistas o especialistas de estos países, deben tener en cuenta que tendrán tiempos más largos de preparación documental, coordinar con mayor detalle la logística de viaje y evitar contratiempos migratorios que afecten la continuidad operativa de los proyectos.

Excepciones ampliadas: una buena noticia para movilidad ejecutiva

Uno de los cambios más favorables para empresas y viajeros corporativos es la ampliación de excepciones para quienes ya cuentan con visa o residencia en los países de Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea y el espacio Schengen.

Si el viajero tiene una visa o residencia vigente de alguno de estos territorios, podrá ingresar a Costa Rica sin necesidad de tramitar una visa costarricense, incluso cuando su nacionalidad normalmente estaría obligada a hacerlo.

Esta medida agiliza significativamente la movilidad ejecutiva internacional, especialmente para perfiles técnicos o gerenciales que circulan entre múltiples países.

 

Visa de Tránsito Aeroportuario: aumentan las nacionalidades obligadas y así te puede afectar

Uno de los cambios más relevantes introducidos por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) es la ampliación de la lista de nacionalidades que ahora requieren una Visa de Tránsito Aeroportuario, incluso cuando el viajero no entra a Costa Rica, sino que únicamente hace una conexión breve en el aeropuerto antes de continuar a otro país. Este ajuste, aunque técnico, tiene impacto directo en:

  • Pasajeros que viajan en tránsito: Personas que pasan por Costa Rica solo para hacer escala, cambiar de avión o conectarse con otro destino internacional.
  • Empresas con cadenas de suministro internacionales: Compañías que movilizan personal entre plantas, proyectos o hubs logísticos pueden enfrentar retrasos si sus empleados no cuentan con esta visa al momento del viaje.
  • Tripulantes y personal técnico en rotación: Pilotos, tripulantes de aerolíneas, marinos, ingenieros de campo o técnicos especializados, quienes deben moverse mucho entre países y que tienen itinerarios muy ajustados, ahora deberán validar si su nacionalidad está incluida en esta obligación.
  • Contratistas y especialistas movilizados por proyectos regionales: Empresas que envían personal para asistir a proyectos en Centroamérica deberán considerar que una simple escala en Costa Rica puede requerir trámites adicionales.

Con este cambio se busca reforzar los controles migratorios en el tránsito aeroportuario y reducir riesgos de ingreso no autorizado, pero también exige mayor planificación por parte de organizaciones que dependen de movilidad internacional.

Aunque Costa Rica no ha hecho pública la lista completa en formato resumido, la DGME mantiene la clasificación de nacionalidades actualizada en sus Directrices Generales de Visas, donde se identifican los países sujetos a esta nueva exigencia.

Para empresas e inversionistas, el mensaje clave es claro: la escala en Costa Rica ya no es un trámite automático, puede requerir una visa adicional.

 

¿Qué beneficios genera esta actualización?

Aunque existe un fortalecimiento de controles para ciertos países, la reforma ofrece varios beneficios para las empresas:

  • Mayor claridad normativa al redistribuir países por grupos.
  • Procesos más ordenados para movilidad corporativa y recursos humanos internacionales.
  • Facilidades significativas para portadores de visas de EE.UU., Canadá y Europa.
  • Menor riesgo por pasaportes próximos a vencer.
  • Un sistema migratorio más seguro, coherente con las mejores prácticas de la región.

 

¿A quién afecta directamente?

La actualización impacta especialmente a:

  • Viajeros de negocios y reuniones corporativas.
  • Personal en movilidad internacional por proyectos.
  • Técnicos especializados enviados por empresas.
  • Turistas y viajeros frecuentes.
  • Tripulantes y personas en tránsito.
  • Multinacionales con presencia u operaciones en Costa Rica.

Prácticamente todas las compañías que gestionan talento internacional deberán revisar cómo estas medidas afectan su planificación para este año.

 

Recomendaciones finales para empresas y equipos de talento internacional

Antes de movilizar personal hacia Costa Rica, es fundamental verificar:

  • En qué grupo migratorio está clasificada la nacionalidad del viajero.
  • La vigencia mínima requerida de su pasaporte.
  • Si necesita visa consular o visa restringida.
  • Si califica a las excepciones por visas o residencias de EE.UU., Canadá o Europa.
  • Si su nacionalidad requiere visa de tránsito aeroportuario.
  • La existencia de documentos adicionales para nacionalidades con controles reforzados.

Como podemos observar es importante conocer estas nuevas disposiciones para planificar viajes corporativos o su movilidad internacional con tiempo y evitar inconvenientes. En este proceso consulte a Ara-Law Abogados, nuestros expertos en Costa Rica que pueden ayudarlo a entender e implementar esta nueva normativa migratoria.