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Costa Rica y la presentación de la declaración de Precios de Transferencia

Escrito por ARA-LAW | Jun 18, 2017 1:06:00 PM

Por: Ara Law Abogados

 

En Costa Rica, la regulación de precios de transferencia ha sido un tema de interés para las empresas multinacionales y los grandes contribuyentes tras la implementación de la normativa en el país. A partir del 5 de junio de 2017, con la publicación de la resolución Número DGT-R-28-2017 en el Alcance 124 de La Gaceta, se suspendió temporalmente la obligación de presentar la declaración de Precios de Transferencia. Esta medida generó una gran expectativa en el sector empresarial costarricense, especial entre los grandes contribuyentes, las grandes empresas territoriales y las acogidas al Régimen de Zona Franca, quienes hasta ese momento estaban obligados a cumplir con esta presentación anual.

¿En qué consistió la suspensión?

La resolución mencionada suspendió la presentación de la declaración formal de Precios de Transferencia sin establecer una fecha específica para su reactivación. En cambio, se indicó que la Administración Tributaria comunicaría a los contribuyentes cualquier cambio con al menos tres meses de antelación, proporcionando a las empresas un margen de tiempo para cumplir con la obligación cuando esta fuese nuevamente activada.

Pese a esta suspensión, la normativa costarricense en materia de precios de transferencia no exime a las empresas de contar con un estudio de precios de transferencia que respalde las transacciones realizadas entre partes vinculadas. Este estudio debe estar disponible siempre para ser presentado a la Administración Tributaria en caso de requerimiento. Las sanciones por carecer de dicho estudio en el momento oportuno son severas, lo que enfatiza la importancia de que las empresas mantengan la documentación debidamente actualizada, aunque no tengan la obligación de presentarla anualmente.

Finalmente, aunque ya no se debe presentar la declaración de Precios de Transferencia el 30 de junio del 2017, los Grandes Contribuyentes, las Grandes Empresas Territoriales y las empresas acogidas al Régimen de Zona Franca, así como cualquier otra empresa que tenga relaciones con partes vinculadas deben contar con el estudio de precios de transferencia el cual puede ser solicitado por la Administración Tributaria en cualquier momento, con la aplicación de severas sanciones en caso de no contar con la misma.

Para 2024, Costa Rica sigue siendo un país que busca reforzar sus políticas fiscales en sintonía con las recomendaciones internacionales, especialmente con aquellas promovidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de la cual es miembro desde 2021. El control de los precios de transferencia es un aspecto crucial en la lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS), por sus siglas en inglés), que afecta no solo a Costa Rica, sino a todas las economías del mundo.

Es importante destacar el esfuerzo de Costa Rica por fortalecer su marco normativo con nuevas guías y procedimientos para garantizar que las empresas multinacionales cumplan con los precios de transferencia. Según informes recientes, en 2024 la Dirección General de Tributación (DGT) ha seguido enfocándose en la auditoría de operaciones entre partes vinculadas, verificando que los precios sean consistentes con el principio de sana competencia.

Las autoridades tributarias costarricenses también han trabajado en la simplificación del proceso de cumplimiento para los contribuyentes, lanzando plataformas digitales y herramientas en línea para facilitar la presentación de documentación relacionada con los precios de transferencia y otras obligaciones fiscales.

Impacto en las Zonas Francas y Grandes Contribuyentes

Las empresas que operan bajo el Régimen de Zona Franca y los grandes contribuyentes han sido algunos de los sectores más afectados por esta normativa. Estas empresas, que suelen tener operaciones internacionales, están bajo un riguroso seguimiento debido a la naturaleza de sus transacciones transfronterizas. La suspensión de la declaración no reduce sus obligaciones de llevar una correcta documentación sobre sus políticas de precios de transferencia, y muchas de ellas han siguen realizando las declaraciones de manera voluntaria para evitar posibles conflictos en futuras auditorías.

Desafíos y Oportunidades para el Futuro

Este año, las empresas en Costa Rica siguen enfrentándose a desafíos importantes en términos de cumplimiento de las normativas fiscales internacionales. El marco de precios de transferencia es uno de los puntos clave en las agendas fiscales de las empresas multinacionales, y el país ha mostrado su compromiso con las recomendaciones de la OCDE para evitar prácticas fiscales abusivas.

La principal recomendación para las empresas que operan en Costa Rica es mantener una política clara y actualizada en cuanto a precios de transferencia, garantizando que las transacciones entre partes vinculadas se realicen bajo los principios de plena competencia. Aunque no se exige la declaración anual, el hecho de no contar con un estudio de precios de transferencia puede generar sanciones y problemas futuros con la administración tributaria. La anticipación y la transparencia en estos temas son clave para evitar complicaciones.

Si tiene alguna pregunta sobre la suspensión de la declaración de Precios de Transferencia o acerca de las oportunidades de inversión en Costa Rica, no dude en comunicarse con nuestros miembros de Ara-Law Abogados. Estamos aquí para asesorarle en todas sus necesidades fiscales y de inversión en el país.