1 . febrero . 2018

Ecuador crea Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversión para promover y facilitar la inversión extranjera al país

Por: Juan Carlos Gallegos Happle. ILP Global – Gallegos, Valarezo & Neira

 

Mediante Decreto Ejecutivo No. 252 publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 158 de fecha 11 de enero de 2018, se crea en Ecuador el Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversión.

El presidente Lenin Moreno, consciente de la urgencia de adoptar medidas para sustentar la dolarización que rige en Ecuador desde enero del 2000, ha declarado la atracción y promoción de inversión como política de Estado, buscando así garantizar el desarrollo económico del país, la generación de empleo y el incremento del ingreso de divisas al país.

El Decreto Ejecutivo No. 252 confiere al Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones, entre otras, las siguientes atribuciones:

  • Emitir los informes legales y técnicos de los proyectos de inversión con el ente rector de la materia en la que se desarrolla la inversión, previa aprobación del Comité Estratégico;
  • Realizar el monitoreo del cumplimiento de las obligaciones legales o contractuales asumidas por los inversionistas en los contratos de inversión;
  • Realizar controles conjuntamente con el Servicio de Rentas Internas para verificar el cumplimiento de los criterios que motivaron la aplicación del incentivo, relacionados con la inversión realizada;
  • Notificar al contribuyente el incumplimiento de requisitos, montos y plazos para realizar la inversión y/o los compromisos asumidos por el inversor en relación con el contrato de inversión.
  • Disponer la revocatoria de los beneficios otorgados a los inversionistas en el régimen de incentivos.

Las entidades rectoras en materia de inversión extranjera, deberán encargarse, entre otras, de lo siguiente:

  • Aprobar previamente los compromisos contractuales que sean necesarios para el desarrollo de la nueva inversión;
  • Suscribir los contratos de inversión, previa aprobación del Comité;
  • Verificar el cumplimiento de los términos acordados en el contrato de inversión y de los compromisos específicos que el inversionista haya adquirido.

El Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones, tiene las siguientes atribuciones:

  • Definir políticas de fomento, promoción, y atracción de las inversiones;
  • Establecer los parámetros que deberán cumplir las inversiones que soliciten someterse al régimen de incentivos establecidos en la normativa vigente;
  • Aprobar los proyectos de inversión y autorizar la suscripción de contratos de inversión;
  • Aprobar la prórroga de los contratos de inversión;
  • Conocer y resolver las apelaciones interpuestas por los inversionistas sancionados, respecto de la revocatoria de los beneficios otorgados en el régimen de incentivos; de acuerdo a la normativa vigente;
  • Adoptar las medidas para prevenir eventuales litigios en materia de inversiones;

Se espera que este marco legal coadyuve al crecimiento de la Inversión Extranjera en Ecuador, para así evitar que el país deba adoptar nuevamente una moneda local en sustitución del dólar.

 


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