La Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires (DPPJ), que es el organismo encargado de supervisar y controlar todas las asociaciones civiles, fundaciones, sociedades comerciales, en la Provincia de Buenos Aires, implementó desde el mes de julio la Disposición 64/2024.
Con esta medida se estableció un nuevo marco normativo para la inscripción y regulación de sociedades extranjeras inscriptas ante la DPPJ, así como las sociedades que están en proceso o que se inscriban en el futuro. Algunos de los aspectos más relevantes son:
- La DPPJ sólo permitirá la inscripción de sociedades extranjeras que se inscriban como sucursal o representación permanente en la Provincia de Buenos Aires o para participar o constituir sociedades locales registradas en dicha provincia.
- No se permitirá la inscripción de sociedades off-shore o las que tienen baja tributación, así como también se limitara el proceso para las sociedades pertenecientes a países que no aplican políticas de transparencia fiscal.
- Se establecerán requerimientos específicos para la inscripción como la acreditación de la actividad económica fuera de Argentina, la presentación de un plan de inversión, y la constitución de una garantía por parte de los representantes legales.
Actualícese en todos los cambios que establece la nueva normativa para las sociedades extranjeras inscriptas ante la DPPJ, en la siguiente nota realizada por Richards, Cardinal, Tützer, Zabala & Zaefferer S.C, nuestros miembros en Argentina aquí