15 . julio . 2020

Empresas mexicanas deberán reportar su registro de socios y accionistas

Mexico Socio Blog

De acuerdo con la publicación de la página web del Gobierno mexicano, a partir del 30 de junio de este año, toda sociedad mercantil mexicana debe presentar ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), una notificación para reportar la incorporación o salida de socios o accionistas de sus organizaciones.

Para tramitarlo, debe presentar una notificación de aclaración de estructura corporativa a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), detallando el nombre completo y el número de identificación del contribuyente dentro de los 30 días hábiles en que se haga el retiro o la incorporación a la empresa. Una vez radicado este requerimiento, el representante legal o interesado podrá consultar su estado transcurridos 7 días hábiles, en el portal de la institución ingresando el número de folio generado en su momento.

El SAT también afirma que para evitar problemas con el fisco siempre se debe realizar la actualización de la información de los socios, ya que de lo contrario deberán pagar multas de entre 4.200 MXN y 8.390 MXN y enfrentarán restricciones en el uso del certificado de sello digital empleado para emitir recibos tributarios digitales en línea. 

Esta medida quedó estipulada en el Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que modificaba la Ley de Impuestos sobre la Renta, la Ley de Impuestos sobre el Valor Agregado, la Ley sobre Impuestos Especiales a la Producción y Servicios y el Código Tributario Federal de México.

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